TIPOS DE SEGUROS PARA CONTRATAR


Seguros personales. Comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad física o salud del asegurado.


  • Seguro de vida: permite a los beneficiarios del seguro tener una mínima seguridad económica ante el riesgo de muerte del asegurado o invalidez absoluta o permanente.

  • Seguro de accidentes personales: es aquel que tiene como fundamento el apoyo sanitario y económico al asegurado, en caso de que éste haya sufrido una lesión o incapacidad producida a consecuencia de un accidente.

  • Seguro de salud o enfermedad: es el que ofrece cobertura sanitaria e indemnizaciones económicas en caso de enfermedad por parte del asegurado.

  • Seguro de dependencia: es el que cubre la limitación física o psíquica, probada medicamente, que impide al asegurado la realización de actividades básicas de la vida diaria y que le hace necesitar la ayuda de una segunda persona para poder llevarlas a cabo.


Seguros de daños o patrimoniales. Cubren los riesgos a los que están sometidos los intereses del patrimonio del asegurado.


  • Seguros de automóvil: son aquellos que cubren los riesgos creados por la conducción de automóviles en caso de causar un accidente. Son obligatorios para poder circular.

  • Seguros de ingeniería: son los que cubren daños al patrimonio a consecuencias de accidentes, considerando dentro de este concepto los provocados por fuerzas de la naturaleza, hechos del hombre, acción de las cosas, siempre con exclusión del desgaste natural

  • Seguros multirriesgo: son aquellos que cubren una amplia variedad de riesgos a través de la contratación de una única póliza de seguros.

  • Seguros de crédito: son los que cubren pérdidas como consecuencia de la insolvencia definitiva de los deudores.

  • Seguros de robo: el objetivo de la cobertura es la sustracción ilegitima por terceros de las cosas aseguradas.

  • Seguros de transportes: cubren los daños materiales de las mercancías, de los medios de transporte o de otros objetos.

  • Seguros de incendios: son los que cubren los daños producidos por un incendio en el objeto asegurado.

  • Seguros de responsabilidad civil: cubren el riesgo de reclamación de indemnizaciones.


Seguros de prestación de servicios. Son aquellos en los que la obligación del asegurador consiste en la prestación de un servicio al asegurado.

  • Seguros de asistencia en viaje: cubren diferentes riesgos de imprevistos durante el desarrollo de un viaje, o previos a éste.

  • Seguros de decesos: es aquel seguro que cubre los gastos derivados del entierro del asegurado, además, puede incluir todos los trámites y gestiones que son necesarios realizar en el momento del fallecimiento.

  • Seguros de defensa jurídica: son aquellos cuyo objeto de cobertura son los servicios de asistencia jurídica y extrajudicial.


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